Evolución de la enfermedad
El número de casos en España, dónde gran parte de la ganadería es extensiva, nunca ha sido tan elevado como en Inglaterra. Desde noviembre de 2000 en que se detectó el primero hasta septiembre de 2008, sólo se han registrado 736 vacas infectadas. A partir de la prohibición efectiva de las harinas cárnicas en 2001, el número de infecciones ha sido muy bajo. Teniendo en cuenta las vías de transmisión (por ingestión de material contaminado o de la madre al feto) cuando hayan desaparecido las reses infectadas antes de esta fecha, el número de casos de EEB volverá a ser esporádico. Ya a partir de 2005 descienden los casos detectados, siempre correspondiéndose con vacas que se infectaron en los años 90.Cabe destacar también el caso de las cabras y las ovejas: estos animales no padecen la EEB, sino que todos los casos descritos de encefalopatías se deben al scrapie o tembladera, enfermedad conocida desde antiguo y que no es transmisible ni a las personas ni a las aves.Además, hay otros animales, como caballos, asnos, mulos que no presentan MER (material especifico de riesgo).
Nuevos conocimientos, nueva normativa
A medida que se iba conociendo la forma de transmisión de la enfermedad y para hacer compatible el Reglamento 1774 con la supervivencia de las aves necrófagas, se adopta la Decisión 322/2003, aplicable a España, Francia, Portugal, Italia y Grecia que posteriormente es modificada por la 830/2005/CE, que incluía a Chipre y que flexibilizaba aún más la anterior en los requisitos para facilitar la alimentación de aves carroñeras. Anteriormente, en España se había promulgado el Real Decreto 1098/2002 que permitía la alimentación de las aves carroñeras mediante una serie de condiciones, decreto que debió adaptarse posteriormente a la nueva normativa europea mediante el RD 664/2007:
->Se permite depositar en puntos autorizados (no en el campo o en muladares):
1)Sin anàlisis d’EBB:-Bovinos: menos de 24 meses
-Cabras y ovejas: menos de 18 meses
2) Con anàlisis de EBB:-Bovinos de más de 24 meses
3) Con análisis de EBB del 4% de los animales procedents de la explotación:
-Cabras y ovejas de más de 18 meses-
->Con examen veterinario se pueden dejar en el campo:
-Animales o restos provinientes de la caza